Los Business Improvement Districts (BID): un instrumento efectivo para la reactivación de la actividad económica urbana. Modificaciones legislativas necesarias para poder implantarlos en el ámbito local
Autor (es)
Esteve Pardo, María LuisaEditor
Marcial PonsFecha de edición
2020Cita
Anuario de Derecho Municipal 13 (2019): 205-229ISSN
1888-7392Materias
Business Improvement Districts; Colaboración público-privada; Tributos; Centros urbanos; Crisis económica; Derecho comparado; DerechoDerechos
© 2008, Instituto de Derecho local; © Marcial PonsResumen
Los Business Improvement Districts (BID) son organizaciones de carácter privado,
o consorciado con las autoridades locales, creadas cuando la mayoría de empresarios o propietarios
de locales de negocios de un área delimitada acuerdan, mediante un proceso de
votación, gestionar, gracias al pago de contribuciones de carácter obligatorio, una mayor
oferta de servicios adicionales dirigidos a la promoción económica y regeneración del área.
Desde que nacieran en Canadá, hace más de cuatro décadas, esta nueva forma de colaboración
público-privada en el ámbito del gobierno local se ha expandido por todo el mundo.
Los BID han demostrado ser un mecanismo creativo y muy eficaz de gobernanza
urbana, capaz de articular satisfactoriamente los intereses públicos y privados en juego. Su
característico proceso democrático de constitución garantiza la implicación de los sujetos
afectados. Al tiempo, la clave de la efectividad de los BID es que disponen de una fuente
de financiación suficiente y sostenida en el tiempo, que les permite mejorar la prestación de
servicios urbanos. La introducción del modelo BID en España podría servir para dinamizar
los centros comerciales urbanos y otros entornos donde haya actividad económica, como
los polígonos industriales o los destinos turísticos
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