En principio la enajenación de bienes culturales de las Administraciones públicas está
expresamente prohibida. Sin embargo, se ha planteado la posibilidad de descatalogar los
bienes para proceder a continuación a su enajenación. La jurisprudencia es muy restrictiva
al respecto, dado que califica como actuación reglada de la Administración el dejar sin
efectos la catalogación de los bienes culturales, como asimismo la catalogación. A partir
de la regulación y jurisprudencia solo son imaginables supuestos excepcionales, con base
en informes previos de la Comunidad Autónoma y de organismos asesores, todo ello suficientemente
motivado y acreditado. Por otro lado, la declaración de la tauromaquia como
patrimonio cultural excede de la regulación y la jurisprudencia glosada
In our regulations, in principle, the disposal of public Administrations’ cultural assets
is expressly prohibited. However, the possibility has been proposed of discontinuing catalogued
assets in order to proceed with their disposal. Jurisprudence is highly restrictive in
this regard, given that it describes discontinuing catalogued cultural assets, and likewise,
cataloguing them, as a regulated activity pertaining to the Administration. On the basis of
such regulation and jurisprudence only exceptional cases can be envisaged, grounded on
prior reports submitted by the Autonomous Community and advisory bodies, fully justified
and accredited throughout. Moreover, declaring tauromachy to be cultural heritage is an
example that exceeds the described regulation and jurisprudence