Tendencias del Derecho comparado hacia el reconocimiento de la obligatoriedad general de los derechos fundamentales en la relaciones laborales
Author
Valdés Dal-Ré, FernandoPublisher
Boletín Oficial del Estado; Universidad Autónoma de MadridDate
2017Citation
AFDUAM 21 (2017): 177-194ISSN
1575-8427Subjects
Derechos fundamentales; Contrato de trabajo; Eficacia horizontal; Prohibición de discriminación; Dignidad; DerechoNote
El presente trabajo actualiza un epígrafe de un trabajo anterior: «Los derechos fundamentales de la persona del trabajador», en XVII Congreso Mundial de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Libro de Informes generales, Montevideo (AUDTSS & SIDTSS) 2003, pp. 37-160Abstract
La eficacia horizontal de los derechos fundamentales no es un proceso cerrado. En
esta cuestión, los ordenamientos jurídicos no están todos desarrollados en el mismo nivel.
Además, la teoría de la Drittwirkung se centra ahora en determinar cómo actúa un derecho
fundamental en las relaciones entre particulares. En relación con ello, en el ámbito de contrato
de trabajo, el derecho comparado ofrece experiencias muy distintas. Algunas Constituciones
–Chile, Uruguay o Portugal–, han concedido de manera explícita una eficacia
directa horizontal a los derechos fundamentales, pero no la mayoría de las Constituciones.
No obstante, la eficacia de los derechos fundamentales en las relaciones nacidas en el contrato
de trabajo se va asentando con el activismo judicial. En ocasiones, como ocurre en
Francia, el activismo judicial va acompañado de la acción del legislador. Finalmente, la vía
para conceder eficacia horizontal a los derechos fundamentales está siendo la creciente
protección en el orden internacional de los derechos humanos, especialmente la prohibición
de la discriminación y el respeto a la dignidad de la persona, resaltando en este contexto
el impacto del CEDH y la jurisprudencia del TEDH en los ordenamientos nacionales
europeos The horizontal effectiveness of fundamental rights is not a closed process. In this matter,
the legal systems are not all developed at the same level. In addition, the Drittwirkung
theory now focuses on determining how a fundamental right acts in relationships between
individuals. In relation to this, in the field of employment contract, comparative law offers
very different experiences. Some Constitutions –Chile, Uruguay or Portugal–, have explicitly
granted direct horizontal effectiveness of fundamental rights, but not the majority.
However, the effectiveness of fundamental rights in the relationships that came from the
contract of employment is based on judicial activism. Sometimes, as in France, judicial
activism is accompanied by the legislator’s action. Finally, the way to grant horizontal
effectiveness of fundamental rights is to promote protection in the International Law of
Human Rights, especially the prohibition of discrimination and respect for the dignity of the
person, highlighting in this context, the impact of the ECHR and the case law of the ECtHR
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